Andrés Gil Domínguez, Doctor y profesor en Derecho de la UBA, aseguró este miércoles en CNN Radio que “lo que acaba de hacer el presidente es de nulidad absoluta y es inconstitucional” en el marco del decreto para designar a los jueces Ariel Lijo y Manuel García Mansilla en la Corte Suprema.
Al explicar el camino correcto para la designación para la Corte Suprema, el abogado constitucionalista indicó que “se tiene que dar la propuesta del Ejecutivo y luego el Senado debe dar consenso con dos tercios en el recinto”.
En Regreso CNN, Gil Domínguez sostuvo que el DNU en estos casos se utiliza como “un mecanismo excepcional para aquellas vacantes cuando la Corte se queda sin ningún integrante”.
“No puede alegar que es una vacante que no conocía. No se dan los requisitos para esta excepcionalidad”, insistió el constitucionalista, y agregó que “no es algo menor que se tengan que poner de acuerdo dos poderes en algo tan importante como designar un integrante de la Corte”.
“Desde el punto de vista constitucional e histórico no tiene fundamentos el presidente”, remarcó Gil Domínguez, quien dijo que “el presidente ejecutó una facultad constitucional de manera inconstitucional y, como afecta la división de poderes, es de nulidad absoluta”.
¿La Corte puede no tomarle juramento a Lijo?
“Difícilmente la Corte pueda hacerlo, salvo que sea consecuente con sus antecedentes y cuando se designa a un juez en un cargo superior al que tiene debe dejar su puesto anterior”, remarcó el especialista, quien comentó que “Lijo pidió licencia y según el reglamento debe ser otorgada por la popia Corte y no por la Cámara de Casación Penal”.
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